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PROTOCOL TELEMÀTIC

Los vehículos pesados de menos de ocho marchas seguirán siendo válidos

Según una comunicación de la subdirectora adjunta de Formación Vial de la DGT, Marta Carrera, y tal y como había solicitado CNAE, el 30 de septiembre de 2013 no causarán baja en las escuelas particulares de conductores aquellos vehículos pesados que cumplan todos los requisitos contemplados en el RD/1598/2004, salvo el de disponer de las ocho marchas exigidas.

Comunicado del Ministerio del Interior a CNAE: [enllaç]

Por lo tanto, estos podrán seguir utilizándose después de la mencionada fecha.

De no haber sido así, camiones que servirían para dar clase y pasar el examen en enero de 2014 hubieran debido ser dados de baja el 30 de septiembre de 2013 y de alta otra vez el 1 de enero próximo.

Y ello a causa de la entrada en vigor a comienzo del año próximo de la directiva 2012/36/UE, la cual recoge la posibilidad de que los Estados miembros puedan introducir cambios en sus legislaciones que permitan modificar los requisitos mínimos para los vehículos que se utilizan en las pruebas de control de aptitudes y comportamientos, para obtener un permiso de conducción.

Precisamente uno de los cambios que propone la directiva es la supresión del número de marchas hasta ahora exigido para las cajas de cambio de los camiones y tractocamiones, así como la posibilidad de utilizar estos vehículos con cajas de cambio automáticas, semiautomáticas o bien vehículos híbridos.
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